Balance desde la EUF y claves para el sector español 2025: un año de inflexión regulatoria para el Factoring europeo

Si tuviera que resumir 2025 en una sola idea, diría que ha sido el año en el que el Factoring ha dejado de ser ese producto que todos entendemos bien en la práctica pero que siempre ha estado incómodo dentro de la regulación… para empezar a ocupar un lugar propio dentro del debate europeo sobre financiación de la economía real.

Y esto no es solo una sensación. Tiene mucho que ver con el momento en el que está Europa. Estamos en una fase en la que se están redefiniendo cosas muy profundas: cómo se financian las cadenas de suministro, cómo se articula la competitividad industrial, cómo se simplifica —o se complica— la regulación bancaria. Y en medio de todo eso, el Factoring ha empezado a aparecer no como una nota al pie, sino como parte de la solución.

Desde la EUF hemos estado muy presentes en todos esos debates. A veces en espacios muy técnicos, a veces en conversaciones más políticas, pero siempre con una idea bastante clara: si no explicamos nosotros lo que es el Factoring, alguien lo va a regular como si fuera otra cosa, como ya ha pasado.

Lo que intento en estas líneas no es hacer un resumen exhaustivo que sería imposible en este espacio, ya que han sido 7 consultas y 4 “position papers” los emitidos a lo largo del año, sino ordenar lo que de verdad tiene relevancia en 2025, por qué importa y qué nos debería preocupar de cara a lo que viene.

Partamos de que el Factoring es un sector que sigue comportándose mejor que el entorno. Y es que antes de entrar en temas regulatorios, merece la pena empezar por estos datos, porque son bastante elocuentes: en 2025, el Factoring europeo creció un 3,3%. El PIB de la UE, un 1,5%. No es un año excepcional, no es 2022, pero sí confirma algo que ya sabemos, que incluso cuando el entorno se enfría, el Factoring sigue creciendo por encima del ciclo.

Pero cuando bajas un poco al detalle, Europa deja de ser una cifra y empieza a ser un mosaico bastante complejo sobre el que creo merece la pena reflexionar. Porque en estas cifras, hay países donde el Factoring sin notificación es prácticamente todo el mercado, y otros donde casi no existe. Países donde el sin recurso domina claramente, como Italia, y otros -como España- donde sigue teniendo un peso importante pero mucho más limitado. Mercados muy volcados en Factoring internacional y otros mucho más domésticos.

Esto no es pintoresco o anecdótico, es la clave de muchas de las discusiones que mantenemos en la EUF. Porque lo que para un país es “normal”, para otro es casi inexistente y cuando Bruselas intenta hacer reglas comunes, ese desajuste aparece inmediatamente.

Estas diferencias son el reflejo de marcos jurídicos, prácticas bancarias y tradiciones operativas distintas. Y ahí es donde empiezan a aparecer temas que en un primer momento parecen técnicos, pero que pueden tener implicaciones muy relevantes.

Uno de ellos —y probablemente uno de los más interesantes en 2025— es el derivado del caso finlandés de la empresa Kosmiro y la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de IVA.

Sin entrar en excesivo detalle, lo que pone sobre la mesa esta jurisprudencia es hasta qué punto determinadas estructuras de Factoring pueden ser consideradas (o no), como operaciones exentas de IVA en función de su naturaleza real. Y aquí la diversidad europea vuelve a ser clave.

En España, la práctica ha sido históricamente bastante consistente y alineada con una interpretación prudente. En otros países, sin embargo, ciertas estructuras o aproximaciones más híbridas pueden no haber sido tan claras, lo que abre la puerta a revisiones o reinterpretaciones por parte de las autoridades fiscales nacionales.

No es, de momento, un tema central en la agenda de la EUF, sino de cada asociación nacional, pues el impacto de esta sentencia puede tener muy variados impactos en los distintos mercados por las razones que hemos visto. 

Por eso, a nivel europeo, entender este mapa es importante.  Porque muchas veces la batalla regulatoria no es solo técnica sino cultural.


AML: más exigencia, pero también algo más de sentido común 


Uno de los grandes bloques del año ha sido el paquete AML (Anti-Money Laundering). Reglamento, Directiva y la nueva autoridad europea (AMLA). Mucha arquitectura institucional y, sobre todo, mucho detalle técnico que acaba aterrizando en procesos muy concretos dentro de nuestras entidades.

Lo primero que cambia es cómo se entiende la relación con el cliente. La distinción entre “relación de negocio” y “operación ocasional” se vuelve más exigente en la sustancia, pero menos rígida en la forma. El regulador deja de apoyarse en categorías formales y pasa a mirar la realidad económica de las operaciones. En Factoring esto no es menor, porque una misma relación puede desplegarse en múltiples transacciones entre cedente, deudor y facturas. La clave pasa a ser demostrar que existe una continuidad económica detrás de esa aparente fragmentación.

Luego está todo el tema de las “linked transactions”. Aquí el mensaje del regulador es bastante directo: no quiere que se puedan fragmentar operaciones para esquivar umbrales. Y eso, llevado a la práctica, significa que nuestros sistemas tienen que ser capaces de ver el conjunto de las relaciones con una empresa, no solo la operación individual.

Y quizá lo más interesante -y en cierto modo lo más esperanzador-, es cómo se está interpretando la diligencia debida (o due diligence). Por primera vez en bastante tiempo, el discurso empieza a ser coherente con lo que llevamos años defendiendo desde la EUF: si ya tienes información suficiente para entender el riesgo, no tiene sentido pedir más “por cumplir”.

No es un cambio revolucionario, pero sí es un cambio de tono y de fondo. 

Desde la EUF hemos insistido mucho en algo que a veces cuesta entender fuera del sector: que el Factoring es, por naturaleza, muy trazable. Que el flujo factura–pago–conciliación deja una huella de información muy difícil de encontrar en otros productos. Y que eso debería tener consecuencias regulatorias favorables.

Se empieza a ver cierto reconocimiento, especialmente en el debate sobre simplificación. Todavía tímido, pero real.


El gran tema de fondo: el capital


Si tengo que señalar dónde hemos invertido más esfuerzo en 2025, sin duda es aquí.

Porque al final, más allá de AML, de reporting o de procesos, lo que realmente determina la competitividad del Factoring es cómo se trata en términos de capital.

Y aquí seguimos teniendo un problema estructural. El marco prudencial trata muchas operaciones de Factoring como si fueran crédito corporativo estándar. Como si fueran préstamos a largo plazo, sin control de flujos, con perfiles de recuperación comparables.

Y no lo son.

Estamos hablando de exposiciones con duraciones muy cortas, con tasas de recuperación históricamente altísimas y con un control operativo que no tiene prácticamente ningún otro producto bancario.

Desde la EUF hemos llevado esto a propuestas muy concretas. Ajustar ponderadores en operaciones sin recurso, permitir utilizar el riesgo del deudor cuando realmente controlas el cobro, y sobre todo intentar frenar la fragmentación regulatoria que se está generando en Europa a base de interpretaciones distintas.

Aquí sí hay una sensación distinta este año. La palabra “competitividad” ha entrado en el discurso europeo con fuerza. Comisión, BCE, EBA… todos están hablando de simplificación, de eficiencia, de evitar cargas innecesarias.

Eso no significa que vaya a cambiar todo mañana. Pero sí que el contexto, por primera vez en mucho tiempo, juega a nuestro favor.


Late Payments: donde la política pesa más que la técnica


Si hay un tema donde eso sin embargo no ocurre, es en la Late Payment Regulation. Llevamos 3 años con esto y seguimos sin nada claro aún. ¿Por qué?

Porque aquí estamos en un terreno mucho más político. La Comisión empujando a que se apruebe la LPR, el Consejo frenando, y en medio un debate que parece sencillo pero que no lo es tanto.

Llevamos tiempo explicando que ni el Factoring ni el Confirming, no es el problema de los pagos tardíos. Es, en muchos casos, la única forma de gestionarlos.

Y sin embargo, en este “tour de force” político, hay propuestas que, si se aplican sin matices, pueden tener el efecto contrario al que se busca. Limitar plazos de forma rígida puede acabar reduciendo el acceso a financiación para muchas pymes que hoy dependen precisamente de esa flexibilidad.

Es un debate que no está cerrado. Y donde la posición española, por el peso que tiene el Factoring en nuestro tejido empresarial, debería ser especialmente clara por nuestros representantes europeos y no lo es, por política. 

Seguiremos pues el avance de este tema.


Digitalización: menos visible, pero más transformadora


Hay otros temas que no ocupan tanto espacio en la conversación, pero que probablemente sean más transformadores a medio plazo.

Los pagos instantáneos y todo el desarrollo del e-invoicing, con VIDA en el horizonte, va a cambiar la calidad de la información con la que trabajamos. Más datos, más trazabilidad, menos espacio para el fraude documental.

Aquí el riesgo no es regulatorio. Es de adaptación. De llegar a tiempo.


Y ahora qué


Lo que nos ha quedado claro es que cuando el sector es capaz de aportar datos, de explicar bien lo que hace y de mantener una posición coherente en el tiempo, el regulador nos escucha.

El cambio regulatorio en el New (Old) Definition of Default (NDOD) es un buen ejemplo. No ha sido rápido, ni sencillo, pero ha llegado porque había evidencia detrás.

La regulación europea no cambia por intuición. Cambia por acumulación de argumentos bien construidos. Y eso tenemos que reforzarlo si queremos alcanzar los objetivos propuestos en la EUF: que el Factoring tenga el tratamiento diferencial que se merece. Y en eso hemos puesto nuestros esfuerzos en el 2025, donde ha sido, sobre todo, un año de posicionamiento.

La EUF ha conseguido algo que no es menor: empezar a introducir la lógica económica del Factoring en el lenguaje regulatorio europeo.

Ahora viene la parte más difícil. Que eso se traduzca en normas concretas, en supervisión coherente y en condiciones de competencia razonables.

2026 va a ser clave. Por cómo se implemente AML, por cómo evolucionen los debates prudenciales, por lo que ocurra con los pagos y por hasta qué punto la simplificación se convierte en algo real o se quede en discurso.

Pero si hay algo que creo que ha cambiado de verdad es esto: ya no estamos solo reaccionando a lo que se decide en Bruselas. Estamos empezando a formar parte de cómo se decide, a ser interlocutores válidos para el regulador. Por ello la EUF ha iniciado un proceso transformador: salir del paraguas tutorial de FCI y ser plenamente autónomos. 

La EUF se creó hace casi 20 años como una tímida plataforma para hacer una humilde presión y como todo ha evolucionado desde entonces, también la EUF necesita ya una mayor autonomía institucional. Esto, en realidad, es una consecuencia natural del momento: cuando el debate regulatorio se intensifica y se vuelve cada vez más técnico europeísta, necesitas una voz europea propia, con capacidad de interlocución directa y con una agenda completamente alineada con Bruselas. Por tanto, la EUF será más independiente y estará, en un futuro cercano, domiciliada en Bruselas. Más que una separación de FCI, es una emancipación por haber llegado a la madurez. 

Y esa emancipación ha llegado por un trabajo bien hecho y constante, lo que, en el contexto actual, es probablemente un gran avance.

Abril 2026


Mónica Martín

Asesora y representante de la AEF en la EUF


Comisión Jurídica. El IVA en las Operaciones de Factoring: Caso Kosmiro